Este año se cumplen 15 años de la aprobación por el Parlamento de la Ley 18.360 que dispuso la disponibilidad de desfibriladores externos automáticos (DEA) en los espacios públicos. Al establecer esta norma, que excede el ámbito estrictamente médico y está dirigida a facilitar una desfibrilación precoz,  el legislador reconoce a la Muerte Súbita Cardiaca (MSC) como un problema de salud pública, pone el tema en la consideración pública, y difunde una realidad epidemiológica que no era suficientemente valorada obligandonos a todos a asumir nuestra responsabilidad como miembros de la comunidad.

La prevención es la estrategia poblacional más redituable en años y calidad de vida en las enfermedades cardiovasculares. Estas siguen siendo la causa más frecuente de muerte en nuestro país y en un porcentaje estimado en 40% de los casos su mecanismo es la MSC. Se entiende por MSC aquella que sucede en forma brusca e inesperada en una persona con o sin una enfermedad cardíaca predisponente y afecta a 2.000 a 3.000 compatriotas por año. Se debe en la mayoría de los casos a una arritmia cardíaca maligna, un trastorno eléctrico del corazón y puede ocurrir a cualquier edad y en cualquier lugar. 

A pesar que su denominación incluye la palabra muerte y que los medios de comunicación hablan frecuentemente de “un infarto masivo” cuando informan de un episodio, todo lo cual genera una imagen de irreversibilidad, la MSC es prevenible. 

Frente a un paciente con enfermedad cardiovascular conocida y dependiendo de sus características y gravedad es factible individualizar las medidas necesarias para prevenir la MSC. La decisión de la mejor estrategia está en manos de los profesionales responsables y de los pacientes. Sin embargo, la mayoría de las muertes súbitas ocurren  en la población catalogada de riesgo bajo o intermedio, que quizás ni siquiera sean “pacientes” pues desconocen su enfermedad. Toda medida de prevención que aspire a tener impacto poblacional deberá entonces estar dirigida no a los “pacientes” sino a la población general. 

La responsabilidad de su prevención nos involucra a todos. Si somos capaces de reconocer un episodio y tomar las medidas adecuadas podremos salvar una vida. La ventana de tiempo útil para lograr una resucitación eficaz es corta, por tanto la población debe estar instruida en el reconocimiento de esta situación y en realizar las maniobras básicas con el objetivo de lograr una desfibrilación precoz.

El desfibrilador externo automático (DEA) es un dispositivo de manejo muy sencillo que es capaz de reconocer la arritmia del paciente y de ser necesario aplicar un choque eléctrico para restaurar el ritmo normal. Cualquier persona lo puede utilizar, aun sin tener entrenamiento, aunque lo ideal es que lo conozca. Como cada minuto cuenta en las probabilidades de sobrevida, es necesario que existan DEAs disponibles en lugares donde se reúnen o circulan muchas personas y donde las chances de que ocurra un evento son mayores. 

Definir la disponibilidad de DEAs en espacios públicos lleva implícito el concepto de la llamada “Cadena de la Supervivencia”. El DEA será útil si alguien reconoce el episodio, hace masaje cardíaco, pide ayuda y accede al mismo y lo utiliza.  Es entonces  evidente la responsabilidad de todo ciudadano en conocer las maniobras de Resucitación Cardíaca Básica (RCB). La Ley 18.360 actuó en ese sentido como un disparador de la necesidad de entrenar a la población en RCB. 

En ocasión de este aniversario y a riesgo de cometer omisiones, es de justicia realizar algunos reconocimientos. En primer término a quien tuvo la iniciativa parlamentaria y presentó el proyecto inicial, el Diputado Dr. Luis Gallo Imperiale y a los miembros de las Comisiones de Salud de las Cámaras de Diputados y Senadores de la época que le dieron impulso. Es obligación también recordar a los Dres. Horacio Vazquez Nosiglia, Ines Vidal Cortinas y Walter Reyes Caorsi, que desde la Sociedad de Cardiología trabajaron incansablemente con esta finalidad respaldados en la evidencia científica internacional. 

A pesar de que esta evidencia era contundente, en aquel momento las opiniones sobre la necesidad de esta ley no eran unánimes. En la Comisión Honoraria para la Salud Cardiovascular, presidida en aquellos años por el Prof. Dr. Orestes Fiandra, el tema de la MSC y el sobretodo el uso de DEA no era considerado prioritario, existiendo solo experiencias muy limitadas de entrenamiento en RCB. Sin embargo, a poco de la aprobación de esta ley y participando posteriormente en forma activa en su reglamentación, la Comisión Honoraria para la Salud Cardiovascular se transformó progresivamente en la institución referente en la docencia y difusión de este tema integrando además el Consejo Nacional de Resucitación creado a partir de dicha reglamentación. A modo de resumen de lo realizado en estos años, la Comisión creó el programa CERCA para la instalación de “Sitios” de enseñanza de RCB en la comunidad, habiendo formado casi 1000 instructores en 66 sitios CERCA y realizado más de 100.000 entrenamientos en RCB y uso de DEA; además, se desarrolló la aplicación para dispositivos móviles CERCA con diversas capacidades pero que permite rápidamente localizar el DEA más cercano. 

Celebramos este aniversario y los avances durante este período, pero aún queda mucho camino para recorrer. La MSC sigue siendo causa de muchas muertes evitables y todos, como miembros de la sociedad, debemos asumir la responsabilidad de su prevención.

Comisión Directiva y dirección ejecutiva.

Comisión Honoraria para la Salud Cardiovascular.