El Etiquetado Frontal de alimentos ayuda al consumidor a realizar elecciones informadas y más saludables en sus compras de alimentos envasados.  

Este etiquetado, con información nutricional a través de gráficos simples, es parte de las estrategias recomendadas por la OMS (Organización Mundial de la Salud) para abordar las Enfermedades No Transmisibles (ENT), como las cardiovasculares, la diabetes, entre otras. 

Para el consumidor, son una herramienta de fácil y rápida interpretación que permite valorar el alimento según su propia salud, conocimiento, interés, uso, etc. Hay estudios que afirman que herramientas como el etiquetado frontal son fundamentales para mejorar la alimentación y así reducir los factores de riesgo como la hipertensión arterial, obesidad y diabetes y para el desarrollo de las enfermedades cardiovasculares.

En nuestro país, se decidió poner en práctica esta estrategia. 

El objetivo del decreto presidencial que establece esta normativa, es permitir a los consumidores identificar aquellos productos con exceso de nutrientes críticos para ENT de acuerdo al umbral definido. Se definió destacar en la cara frontal del envase si el producto contiene exceso de azúcares, grasas, grasas saturadas y sodio, a través del octógono negro

Antecedentes y límites:

El decreto 272/18 se basó en el Perfil de Nutrientes de OPS (Organización Panamericana de la Salud) 2016, para establecer los límites máximos para cada nutriente con vigencia a partir del 1ero de marzo de 2020. 

Estos límites fueron modificados por el Decreto 246/020 de setiembre 2020, que los establece en función de 100 g de producto. Además del cambio en los valores límite, se fijó fecha de entrada en vigencia para el 1ero de febrero de 2021.

Con fecha 25 de enero 2021, se hace pública otra modificación estableciendo nuevos límites para sodio, azúcares, grasas totales y grasas saturadas, donde se aumenta la tolerancia para sodio en un 25%, un 30% para azúcares, 44% para grasas y 50% para grasas saturadas, entrando en vigencia en la misma fecha. 

Implicancias en la salud:

De acuerdo a la evidencia recopilada, una alimentación diaria con más grasas saturadas, azúcares, sodio y calorías se asocia con menor salud y más predisposición a enfermar.  

Al aumentar los límites, probablemente se reduce la percepción del riesgo.  Productos que de acuerdo al criterio anterior debían ser rotulados, ahora, de acuerdo al nuevo límite no llevan advertencia, y pueden pasar a ser de consumo cotidiano. 

Especialmente aquellos cuya porción habitual de consumo sea mayor a los 100 gr. y con una presencia frecuente en la alimentación, seguramente sumarán y harán superar las recomendaciones.  Esto puede tener impacto sobre todo en población infantil y en aquellos con factores de riesgo para enfermedades cardiovasculares, cuya recomendación de consumo máximo es menor en estos elementos de la dieta.

El aumento de la tolerancia en el límite a la cantidad de grasas y azúcares, también habilitará  un aumento de calorías ingeridas, que tal vez no sea tenido en cuenta, sin embargo seguramente tendrá implicancias para el sobrepeso y la obesidad de la población. 

Como ejemplo de esto, pensemos en un producto sin octógono para el nuevo  límite de azúcar, con algo menos de 13 g de azúcar cada 100 g, cuya porción de consumo habitual es de 200 g. 

En el caso de un niño, de 4  o 5 años, solo con 1 vaso de este producto recibe 25 gramos de azúcar, lo que ya llega a la recomendación máxima de azúcar para todo un día y no hubo una advertencia de su contenido con exceso de azúcar. Es probable que en el día, agregue además otros productos con azúcar,  caseros o no, con o sin rótulo, que irán a sumar azúcar y calorías a su día, excediendo la recomendación y tal vez predisponiendo o agravando el sobrepeso.   

En el caso de un hombre adulto, estos 25 gr de azúcar representan la mitad de su recomendación máxima diaria, en una sola porción de 1 solo producto. 

De acuerdo a la Red Europea del Corazón, y en base a una revisión concluye respecto a azúcares y salud cardiovascular, que si bien no se conoce el umbral más bajo de consumo para establecer a ciencia cierta, la recomendación debe ser limitar la ingesta de azúcares libres tanto como sea posible para obtener los mayores beneficios. “Limitar el consumo de productos como bebidas azucaradas, jugos, lácteos azucarados, productos de repostería y golosinas tanto como sea posible, en especial si se busca mantener un peso saludable.”

Este concepto es habitualmente manejado por los profesionales de la Nutrición, insistiendo en que el azúcar sólo aporta “calorías vacías”, sin ningún elemento beneficioso, por lo que, al decir coloquial, solo traen “caries y kilos”.

 En cuanto al sodio, el límite se coloca ahora, 500 mg cada 100 g de producto, es la cuarta parte de la recomendación máxima de consumo por día que es 2000 mg. de sodio. Se ha aumentado en 100 mg la tolerancia. Con esto se sube el punto de corte para rotular productos sensibles como los panificados y snacks, que pueden por su consumo habitual y por la cantidad incluida en el día, hacer que se superen las recomendaciones diarias.  Esto nos aleja del compromiso de reducir la ingesta de sodio para toda la población. 

El aumento del 50% a la tolerancia para grasas saturadas, hace que el consumo excesivo de estas grasas se dé más fácilmente en la dieta de los uruguayos. 

De acuerdo a las recomendaciones, es deseable que un adulto no sobrepase los 18-20 gr de grasa saturada si consume unas 2000 cals. al día. 

El uruguayo tiene en su dieta varios alimentos con grasas saturadas: lácteos enteros, cárnicos, fiambres y embutidos.  Por ejemplo, en un día con 2 vasos de leche entera, 50 g de queso, y una porción de carnes se llega al menos a los 15 gr de grasas saturadas de los 18-20 g. límite.

Con la advertencia de exceso de grasas saturadas establecida ahora por encima de los 6 gr de cada 100 gr. de producto, habrá menos percepción de un consumo más elevado para estas grasas que están asociadas a la enfermedad cardiovascular. 

Cualquier aumento en el límite para grasas en general, significa que productos más altos en calorías no tendrán sello que los distinga.

Recordemos:

Se debe evitar consumir los productos con octógono negro de EXCESO, en forma habitual, y sobretodo, si se tiene sobrepeso o recomendación de limitar  consumo de sal, grasas, colesterol o azúcares eliminarlos de la dieta.

Tener en cuenta que la ausencia de un octógono negro de EXCESO respecto a sodio, grasas o azúcar no quiere decir que no los contenga ni que su consumo sea libre.

Limitar estos productos colaborará en el logro de una alimentación que brinde bienestar y cuide el corazón y la salud. 

Considerando el decreto actual se entiende necesario evaluar, y en algunos casos ajustar los criterios para establecer el exceso para cada nutriente, de forma que se impacte  positivamente en la alimentación y la salud de la población. 

¹ World Heart Federation, FRONT-OF-PACK LABELLING (FOPL) AND CARDIOVASCULAR DISEASE (CVD). 2020. De Lancet (London, England), ISSN: 1474-547X, Vol: 393, Issue: 10173, Page: 791-846. 2019: https://www.thelancet.com/pdfs/journals/lancet/PIIS0140-6736(18)32822-8.pdf

² Emeritus Marleen van Baak. DIETARY SUGARS AND THE RISK OF CARDIOVASCULAR DISEASE: AN UPDATE , Department of Human Biology and Movement Sciences, NUTRIM School of Nutrition and Translational Research in Metabolism, Maastricht University, Maastricht, The Netherlands. 2020